Enfermedades Ocupacionales o Accidentes de Trabajo
Con la póliza de Responsabilidad Empresarial, usted como patrón, garantiza el pago de la indemnización que corresponda por accidente o enfermedades profesionales, que ocurran durante la relación laboral, y puedan producirse como consecuencia de enfermedades ocupacionales o accidentes de trabajo, ocurridos durante la vigencia de esta póliza, con motivo de la responsabilidad que le impone la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
Las consecuencias de los accidentes o de las enfermedades profesionales que dan derecho a indemnización son:
- Discapacidad temporal.
- Discapacidad parcial permanente.
- Discapacidad total permanente para la actividad habitual.
- Discapacidad absoluta y permanente para cualquier tipo de actividad laboral.
- Gran discapacidad.
- Secuela o deformaciones permanentes.
- Muerte.
Para adquirir la póliza solo se necesita la cotización previamente solicitada y el respectivo llenado de la solicitud de seguro junto con los requisitos legales de la empresa (copia del RIF y del Registro Mercantil).
Para descarga la planilla:
Solicitud Seguro Empresarial
Solicitud Responsabilidad Patronal y Responsabilidad Empresarial
Oficio De Aprobación Responsabilidad Patronal-Empresarial
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